lunes, 18 de junio de 2007

Monumento Natural Cascadas del Huéznar



La "Ribera del Huéznar", es un paraíso para campistas y serranos, maravilla ecológica del Parque Natural de la Sierra Norte de Sevilla.

En las proximidades de San Nicolás del Puerto se sitúan los manantiales de descarga del acuífero kárstico de Guadalcanal - San Nicolás, que, en un paraje de singular belleza, dan origen al nacimiento del Río Huesna, que discurre a partir de este punto entre bosquetes en galería de excepcional belleza, y se dispone en tramos cortos compartimentados por pequeñas cascadas o saltos de agua, asociadas a las cuales se desarrollan tobas travertínicas de gran valor didáctico y paisajístico.


En este travertino de río localizado en el tramo medio de la Ribera del Huéznar, se localiza el monumento natural de las cascadas del Huéznar.

El depósito carbonatado sobre el cauce conforma una franja de unos 15 metros entre ambas orillas donde se sucede éste bello sistema de cascada con saltos de agua.


El Monumento Natural Cascadas del Huéznar cuenta con una superficie total declarada de 16.196 m².

Pesca en la Ribera del Huéznar:
Truchas, barbos, bogas…. Único coto truchero de la provincia de Sevilla.

Existen dos cotos de pesca gestionados por la Consejería de Medio Ambiente, el periodo hábil va desde el tercer domingo de marzo hasta el 15 de agosto.

Centro de Expedición de los permisos: Agente del Medio Ambiente, Isla Margarita a 800 m aguas arriba del puente de la carretera C-432 sobre la Rivera del Huéznar.

Flora:
encinas, alcornoques, cornicabras, quejigos, alisos, olmos, álamos, chopos, ciruelos silvestres, olivos, castaños,

Fauna:
Águilas (calzada, real ), buitres (leonado, negro), garzas (real), ánades (real), cígúeña, mirlos, zorzales, rabilargos, carboneros, herrerillos, etc.

Actividades no compatibles en el Monumento Natural:
Se consideran incompatibles con la conservación del Monumento Natural los siguientes usos y actividades:

a) El pastoreo, salvo aquel que se autorice excepcionalmente por causas relacionadas con la gestión del mismo.

c) La pesca, caza, y la captura en general de las especies de fauna silvestre existentes en el ámbito del Monumento Natural.

d) Cualquier otra actividad deportiva excepto aquélla que, por motivo excepcional, sea autorizada por la Consejería de Medio Ambiente.

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